BROMATOLOGÍA: PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACIÓN
El Área Municipal de Bromatología informa a la comunidad que por Disposición 200/2022 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), se prohíbe la comercialización en todo el territorio de la Nación Argentina del producto:
- Queso estacionado de castañas de caju-pimienta negra, marca Augusta / quesos de frutos secos, peso neto 150 gramos, producido artesanalmente, vegano, sin lácteo, sin gluten, marca Augusta (Ingenieros 1422, San Isidro), hab. exp. 3732-2019, que no cumpliría las normas vigentes.
De acuerdo a la denuncia realizada por el INAL (Instituto Nacional de Alimentación), el producto se encuentra en infracción al Art 3 del Anexo 11 del Decreto 2126/71 y los Art 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal).
Villaguay 2022-01-18