MEDIDAS QUE EN VIGENCIA DEL MUNICIPIO DE VILLA CLARA POR DECRETO MUNICIPAL N°069/21
(AP Noticias) MEDIDAS QUE EN VIGENCIA DEL MUNICIPIO DE VILLA CLARA POR DECRETO MUNICIPAL N°069/21

MEDIDAS QUE EN VIGENCIA DEL MUNICIPIO DE VILLA CLARA PR DECRETO MUNICIPAL N°069/21

VISTO: El Decreto 895/21 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos; y
CONSIDERANDO: Que es de público conocimiento la Pandemia de Coronavirus, causada por la propagación del virus denominado COVID-19 y desde Presidencia de la Nación, como de la Gobernación de la provincia de Entre Ríos se han tomado medidas de prevención y emergencia; ante el crecimiento exponencial de casos en las vecinas localidades de Jubileo y Villaguay, y en consonancia con las medidas restrictivas tomadas por las mismas; tanto el Hospital como el Sanatorio de Villaguay, únicos lugares de complejidad en el departamento para atención de Covid-19 se encuentran en grave situación de saturación de su capacidad de atención, en especial a pacientes que requieran cuidados intensivos; es necesario y urgente, evitar la propagación aún mayor del virus.

Por ello;
LA PRESIDENTE MUNICIPAL DE VILLA CLARA DECRETA

ARTICULO 1º) Adhiérase la Municipalidad de Villa Clara, a lo determinado por el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, mediante Decreto Nº 895/21 , según los considerandos vertidos.

ARTICULO 2º) Establézcanse como medidas de cumplimiento obligatorio, restrictivas y por tiempo determinado que se detallan a continuación, por el período comprendido entre el 03 y el 21 de mayo inclusive:

-Permanencia en parques y paseos públicos, solo de personas de la localidad.

-Las actividades deportivas individuales o de entrenamiento, así como los talleres municipales, en grupos reducidos, con los debidos protocolos, están permitidos hasta nuevo aviso. Siempre al aire libre.

-Las reuniones sociales en domicilios particulares o en lugares cerrados quedan suspendidas.

-Los eventos en salones de fiestas, eventos culturales, sociales, recreativos, con afluencia de público ,tanto en lugares cerrados , como abiertos, también suspendidos.

- La circulación desde las 00 a las 06 hs., sólo se permite a trabajadores y personas que realizan tareas esenciales o de acompañamiento de familiares o personas que lo requieran. Deberán portar el permiso correspondiente que se puede tramitar en la página www.argentina.gov.ar

- Asimismo los vendedores ambulantes domiciliarios, suspendido su ingreso.

-Los viajantes y repartidores deberán obligatoriamente utilizar barbijo en todo momento, asimismo los comerciantes locales y los clientes. El incumplimiento de este requisito dará lugar a una multa que será de aplicación inmediata.

-CONTINÚAN VIGENTES LAS MEDIDAS DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, UTILIZACIÓN DE TAPABOCAS, HIGIENE CONTINUA DE MANOS /USO DE ALCOHOL EN GEL, VENTILACIÓN DE AMBIENTES Y TODAS LAS MEDIDAS QUE RECOMIENDA EL MINISTERIO DE SALUD.

-Los controles de las medidas establecidas se realizarán en forma aleatoria por personal municipal.
Villa Clara 2021-05-05














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